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El pasado miércoles 27 de octubre fue presentado el anteproyecto de ley de derecho a la vivienda. De aprobarse, sería la primera ley estatal en regular el derecho a la vivienda desde la aprobación de la constitución. Si bien es cierto que la vivienda es de competencia autonómica y que previamente se han producido regulaciones en dicha materia tanto por parte del Estado como por las CCAA, debe recordarse que el derecho a la vivienda está consagrado en el artículo 47 CE, razón por la que se entiende necesaria una regulación estatal que regule el alcance del derecho de forma que no haya desequilibrios entre ciudadanos de las distintas regiones de España.
Además de regular el contenido fundamental del derecho a la vivienda, el artículo 10 del anteproyecto de ley propone a las administraciones públicas competentes en la materia la adopción de instrumentos como pueden ser los incentivos fiscales, subvenciones o la intervención en el mercado de arrendamiento de vivienda.
Destaca también la apuesta por el incremento de la oferta de vivienda permitiendo que los suelos dotacionales se utilicen para la construcción
de viviendas dotacionales públicas y estableciendo que los suelos calificados como reservados para vivienda pública en régimen de protección no puedan ser recalificados entre otras medidas.
Asimismo, para evitar aumentos en precios de viviendas en zonas de alta demanda, la administración competente podrá declarar una zona residencial como “zona de mercado residencial tensionado”, lo que conllevará la redacción de un plan específico con medidas que deberán ser adoptadas para corregir los desequilibrios entre oferta y demanda. Finalmente, se establecen medidas de fomento de parques públicos de vivienda.
Debe recordarse que el anteproyecto esta en fase de desarrollo por lo que conviene estar atento a las modificaciones que pueda sufrir la futura ley y del verdadero impacto que pueda tener en el mercado inmobiliario.